Estatutos que Regirán y Normarán las Funciones y Actividades de la Fundación Instituto Tecnológico de Veracruz AC

 Asociación Civil con Personalidad Jurídica y Patrimonio Propio

 Por el Bien de México

 CONSIDERANDOS

RESOLUCIÓN

Se crea una asociación civil de egresados del Instituto Tecnológico de Veracruz, con personalidad jurídica y patrimonio propio, sin fines de lucro, cuyo funcionamiento se regirá conforme a los siguientes estatutos.

CAPITULO I

DE LA NATURALEZA DE LA FUNDACIÓN

Art. 1°. La asociación llevará como nombre "FUNDACIÓN INSTITUTO TECNOLÓGICO DE VERACRUZ AC" y se reconocerá por este nombre o por las siglas "FITVER", indistintamente.

Art. 2°. El logotipo de la Fundación será el siguiente:

Art. 3°. La asociación será una asociación civil privada, con personalidad jurídica y patrimonio propio, sin fines de lucro.

Art. 4°. La Fundación tendrá su domicilio legal en el numero 275 de la calle 15 de Mayo CP 91920 de la Ciudad de Veracruz Veracruz. El domicilio podrá ser transferido a cualquier otra dirección dentro del Municipio de Veracruz del Estado de Veracruz por simple decisión del Consejo Directivo.

Art. 5°. La duración de la fundación será de 99 años.

CAPITULO II

DE LA MISIÓN DE LA FUNDACIÓN

Art. 6°.  Será misión de la Fundación:

CAPITULO III

PRINCIPIOS

Art. 7°. La Fundación se regirá por los siguientes principios:

  1. Será una organización independiente, autónoma y establecida a favor de las causas y objetivos del Instituto Tecnológico de Veracruz.
  2. Estará ajena a toda actividad política y religiosa.
  3. No intervendrá en la vida académica ni en los proyectos internos del Instituto Tecnológico de Veracruz.
  4. Apoyará las actividades del Instituto Tecnológico de Veracruz en un ambiente de mutuo respeto y corresponsabilidad.
  5. No dependerá de ningún apoyo material, económico ni financiero del Instituto Tecnológico de Veracruz para realizar sus actividades.
  6. No diseñará ni ejecutará directamente ningún proyecto del Instituto Tecnológico de Veracruz.
  7. El patrimonio y sus productos se destinarán directa o indirectamente a cualquier actividad del Instituto Tecnológico de Veracruz que establezca la Fundación.
  8. No tendrá carácter preponderantemente económico para sí ni para sus asociados.
  9. No habrá propósitos de lucro y no se designaran individualmente a los beneficiarios.
  10. Mantendrá una total transparencia en su administración.

CAPITULO IV

PERSONALIDAD JURÍDICA

Art. 8°. La Fundación tendrá personalidad jurídica propia distinta a la de sus asociados, por lo que éstos no responderán con sus bienes por actos de ella. Esta se responsabilizará exclusivamente con su patrimonio. Los Miembros no tendrán derecho alguno a los remanentes sociales que llegase a tener la Fundación en el caso de su disolución y liquidación.

CAPITULO V

DEL PATRIMONIO DE LA FUNDACIÓN

Art. 9°. El patrimonio de la Fundación se constituye con:

a)      Las cuotas y aportaciones de sus miembros.

b)      Los donativos y subsidios que reciba, de cualquier naturaleza y origen.

c)      Los ingresos por intereses, servicios, estudios, trabajos, bonos, rentas,  participaciones o conceptos similares.

d)      Cualquier otro bien o derecho que pudiera adquirir.

e)      De cualquier otra fuente de ingreso vinculada con su objetivo social

 Art. 10°. La Fundación podrá adquirir los bienes muebles e inmuebles que requiera para la realización de sus fines y objetivos.

Art. 11°. La Fundación podrá tomar participación en todo tipo de sociedad mercantil, comercial, industrial o social.

Art. 12°. Los miembros de la Fundación no tendrán derecho alguno sobre el patrimonio de la misma; por lo tanto, en caso de renuncia o separación o en caso de disolución de la FITVER, no podrán ejercer acción alguna al respecto.

Art. 13°. En caso de disolución, los bienes de la asociación serán transferidos al Instituto Tecnológico de Veracruz.

CAPITULO VI

DE LOS MIEMBROS

Art. 14°. La Fundación estará integrada por estudiantes y egresados diplomados del Instituto Tecnológico de Veracruz, del nivel  Secundaria, Técnico, Licenciatura, Maestría o Doctorado y que expresan por escrito, su deseo de pertenecer a la Fundación.

También podrán ser Miembros Honorarios aquellas personas que se distingan por sus acciones en favor del Instituto Tecnológico de Veracruz y que a juicio de la Fundación merezcan este calificativo.

Art. 15°. Los integrantes de la Fundación podrán ser:

  1. Miembros Estudiantiles

  2. Miembros Participantes

  3. Miembros Activos

  4. Miembros de Número

  5. Miembros Honorarios

Los Miembros Estudiantiles de la Fundación

Art. 16°. Los Miembros Estudiantiles son estudiantes del Instituto Tecnológico de Veracruz, del nivel  Licenciatura, Maestría o Doctorado que expresan por escrito, su deseo de pertenecer a la Fundación y que son aceptados por el Consejo Directivo.

Art. 17°. Los Miembros Estudiantiles deberán de actualizar su membresía cada año.

Art. 18°. Los Miembros Estudiantiles no cubrirán ninguna cuota a la Fundación.

Los Miembros Participantes de la Fundación

Art. 19°. Los Miembros Participantes son egresados diplomados del Instituto Tecnológico de Veracruz, del nivel  Secundaria, Técnico, Licenciatura, Maestría o Doctorado que expresan por escrito su deseo de pertenecer y participar en las actividades de la Fundación y que son aceptados por el Consejo Directivo.

Art. 20°. Los Miembros Participantes deberán de actualizar su membresía cada 2 años.

Art. 21°. Los Miembros Participantes no cubrirán ninguna cuota a la Fundación.

Miembros de Activos de la Fundación

Art. 22°. Los Miembros Activos son egresados diplomados del Instituto Tecnológico de Veracruz, del nivel  Secundaria, Técnico, Licenciatura, Maestría o Doctorado que expresan por escrito su deseo de pertenecer a la Fundación como Miembros Activos; que son aceptados por el Consejo Directivo y que pagan la cuota anual de participación como Miembros Activos.

Art. 23°. El pago de la cuota anual de participación renueva automáticamente la membresía por un año.

Art. 24°. Los Miembros Activos de la asociación tendrán derecho de separarse de la Fundación, previo aviso dado con 2 meses de anticipación.

Miembros de Número de la Fundación

Art. 25°. Los Miembros de Número contribuyen de manera activa con tiempo, talento y recursos económicos en su apoyo, a las actividades de la Fundación.

Art. 26°. Los Miembros de Número son egresados diplomados del Instituto Tecnológico de Veracruz, del nivel  Secundaria, Técnico, Licenciatura, Maestría o Doctorado que expresan por escrito, su deseo de pertenecer a la Fundación como Miembros de Número; que son aceptados por el Consejo Directivo y que pagan la cuota anual de participación como miembros de Número.

Art. 27°. El pago de la cuota anual de participación renueva automáticamente la membresía por un año.

Art. 28°. Los Miembros de Número de la asociación tendrán derecho de separarse de la Fundación, previo aviso dado con 2 meses de anticipación.

Miembros Honorarios de la Fundación

Art. 29°. Los Miembros Honorarios son personas que por sus acciones han contribuido al engrandecimiento del Instituto Tecnológico de Veracruz.

Art. 30°. Los Miembros Honorarios son nombrados por votación unánime del Consejo de Honor y Vigilancia de la Fundación. Los candidatos son propuestos por el Consejo Directivo o por solicitud de al menos 50 Miembros Activos o Miembros de Número de la Fundación.

Art. 31°. Los Miembros Honorarios son miembros permanentes que solo pueden ser excluidos por una decisión unánime del Consejo de Honor y Vigilancia.

Art. 32°. Los Miembros Honorarios de la asociación tendrán derecho de separarse de la Fundación, previo aviso dado con 2 meses de anticipación

Art. 33°. Los Miembros Honorarios no pagan ninguna cuota a la Fundación.

CAPITULO VII

DE LAS OBLIGAC10NES Y DERECHOS DE LOS MIEMBROS

Art. 34°. Son obligaciones de los miembros de la Fundación 

  1. Registrarse debidamente proporcionando su nombre completo, dirección; teléfonos, dirección electrónica; año de egreso; generación; especialidad y empresa donde labora.
  2. Participar en las encuestas económicas que la Fundación realice para conocer los parámetros socioeconómicos de los egresados.
  3. Cumplir fielmente con las disposiciones de estos estatutos, así como con los acuerdos que se tomen en las Asambleas.
  4. Realizar las acciones necesarias para llevar a cabo la misión de la Fundación
  5. Colaborar con fidelidad y oportunidad en los cargos que les sean encomendados por la Fundación.
  6. Realizar actividades de difusión de la Fundación.
  7. Cubrir puntualmente las cuotas que fije la Fundación.
  8. Cumplir con su asistencia y participación a las Asambleas y reuniones de trabajo.

Art. 35°. Son derechos de los Miembros Estudiantiles:

  1. Recibir los beneficios que la Fundación prevé para sus miembros
  2. Recibir las publicaciones en formato electrónico de la Fundación
  3. Asistir a los eventos organizados por la Fundación pagando cuotas es­peciales.

Art. 36°. Son derechos de los Miembros Participantes:

  1. Recibir los beneficios que la Fundación prevé para sus miembros

  2. Recibir las publicaciones de la Fundación

  3. Asistir a los eventos organizados por la Fundación pagando cuotas es­peciales.

  4. Participar en las reuniones de trabajo que sean de su interés en las cuales esté inscrito.

  5. Pertenecer automáticamente a otra Delegación en el caso de cambio de residencia o de centro de trabajo.

Art. 37°. Además de los derechos como Miembros Participantes, son derechos de los Miembros Activos y de los Miembros de Número:

  1. Participar en los procesos de elección en general con derecho a voz y voto.
  2. Participar en el Consejo Directivo
  3. Participar en los Comités Directivos de las Delegaciones
  4. Participar en el Consejo de Honor y Vigilancia

CAPITULO VIII

DE LA ADHESIÓN DE LOS MIEMBROS

Art. 38°. Para ser Miembro de la Fundación se debe cubrir los siguientes requisitos:

  1. Presentar la solicitud de registro ante una Delegación en la que se indiquen los motivos que le inducen a pertenecer a la Fundación,  su intención de colaborar en las actividades de la misma, el tipo de membresía que solicita así como los documentos requeridos.
  2. Ser aceptado por el Consejo Directivo.
  3. Pagar las cuotas anuales establecidas.

CAPITULO IX

DE LA ORGANIZACIÓN

Art. 39°. La Fundación está constituida por los siguientes órganos:

  1. La Asamblea General

  2. El Consejo Directivo

  3. El Consejo Consultivo

  4. El Consejo de Honor y Vigilancia

  5. Las Delegaciones

La Asamblea General

Art. 40°. La Asamblea General de Asociados es el máximo órgano de gobierno de la Fundación.

Art. 41°. La Asamblea General dictará los lineamientos a seguir por el Consejo Directivo.

Art. 42°. La Asamblea General aprobará las cuentas y el informe de labores del Consejo Directivo.

Art. 43°. La Asamblea General elegirá, ratificará o sustituirá los miembros del Consejo Directivo.

Art. 44°. La Asamblea General elegirá, ratificará o sustituirá los miembros del Consejo de Honor y Vigilancia.

El Consejo Directivo

Art. 45°. El Consejo Directivo es el órgano que representa legalmente a la Fundación y es el encargado de ejecutar las decisiones tomadas por la Asamblea General.

Art. 46°. El Consejo Directivo tiene como funciones:

  1. Representar a la Fundación

  2.  Llevar a cabo las acciones derivadas de la misión de la Fundación según sus estatutos

  3.  Llevar a cabo las acciones que emanen de las Asambleas Generales.

  4.  Aprobar los donativos de la Fundación al Instituto Tecnológico de Veracruz

  5.  Analizar y en su caso aprobar, las solicitudes de nuevo ingreso a la Fundación.

  6.  Analizar y en su caso aprobar, las solicitudes de apoyo a proyectos de investigación del Instituto Tecnológico de Veracruz.

  7.  Analizar las solicitudes y asignar las becas a estudiantes del Instituto Tecnológico de Veracruz.

  8. Otorgar reconocimientos a los mejores estudiantes del Instituto Tecnológico de Veracruz.

  9.  Administrar los recursos de la Fundación.

  10. Ejecutar las acciones necesarias al funcionamiento cotidiano de la Fundación
  11. Presentar a la Asamblea General Anual Ordinaria un reporte de actividades.

  12. Presentar a la Asamblea General Anual Ordinaria un reporte financiero de la Fundación.

  13. Supervisar las actividades de las Delegaciones.

Art. 47°. El Consejo Directivo estará compuesto por:

  1. Un Presidente

  2. Un Secretario Ejecutivo

  3. Un Tesorero

  4. Una Vicepresidencia de Enlace Institucional

  5. Una Vicepresidencia de Vinculación

  6. Una Vicepresidencia de Prensa y Relaciones Públicas

  7. Una Vicepresidencia de Membresía

  8. Una Vicepresidencia  de Becas

  9. Una Vicepresidencia de Investigación Tecnológica

  10. Una Vicepresidencia de Bolsa de Trabajo

  11. Vicepresidencia de Eventos
  12. Vicepresidencia de Desarrollo Institucional
  13. Una Vicepresidencia de Promoción Empresarial

  14. Vicepresidencia de Sector Empresarial
  15. Una Vicepresidencia de Cultura

  16. Una Vicepresidencia de Deporte

  17. Una Vicepresidencia de Sorteos

  18. Una Vicepresidencia de Desarrollo de Proyectos y de Asesoría
  19. Una Vicepresidencia de Innovacion y Calidad
  20. Una Vicepresidencia de Desarrollo Profesional
  21. Los Presidentes de las Delegaciones quienes fungirán como Vocales

  22. El Presidente del Consejo Directivo podrá crear Comisiones e integrar los miembros que juzgue conveniente para llevar a cabo las funciones encomendadas, sin que estos formen parte del Consejo Directivo.

El Presidente del Consejo Directivo

Art. 48°. El Presidente del Consejo Directivo tiene como funciones:

  1. Representar al Consejo Directivo

  2. Ejercer la representación legal de la Fundación mancomunadamente con el Tesorero en asuntos que afecten el patrimonio de la Fundación, con el Secretario en todos los demás casos.

  3. Otorgar mancomunadamente con el Secretario Ejecutivo las membresías

  4. Firmar las Convocatorias a Asambleas Ordinarias y Extraordinarias.

  5. Convocar a sesiones ordinarias mensuales del Consejo Directivo

  6. Llevar a cabo las acciones derivadas de la misión de la Fundación según sus estatutos

  7. Llevar a cabo las acciones que emanen de las Asambleas Generales.

  8. Administrar los recursos de la Fundación

  9. Supervisar las actividades de las Vicepresidencias

  10. Supervisar las actividades de las Delegaciones

  11. Presentar a la Asamblea General Anual un reporte de actividades

  12. Presentar a la Asamblea General Anual un reporte financiero de la Fundación

El Secretario Ejecutivo del Consejo Directivo

Art. 49°. El Secretario Ejecutivo del Consejo Directivo tiene como funciones:

  1. Ejercer la representación legal de la Fundación mancomunadamente con el Presidente.

  2. Auxiliar al Presidente a quien reporta sus actividades

  3. Ejercer la representación del Consejo Directivo en las ausencias del Presidente

  4. Coordinar con el acuerdo del Presidente todos los trabajos y actividades que desarrolle la Fundación

  5. Promover la creación de Delegaciones y el fortalecimiento de las existentes

  6. Establecer un registro de todas las Delegaciones

  7. Recibir y dar seguimiento a las solicitudes de creación de Delegaciones

  8. Otorgar mancomunadamente con el Presidente las membresías

  9. Apoyar y dar seguimiento a los trabajos de las Vicepresidencias

  10. Firmar con el Presidente la convocatoria y la orden del día para las sesiones del Consejo Directivo y de las Asambleas Generales.

  11. Registrar los Candidatos a Presidente de la Fundación en caso de elección de un Consejo Directivo

  12. Registrar los Candidatos en caso de una elección del Consejo de Honor y Justicia

  13. Administrar la Casa de la Cultura del Instituto Tecnológico de Veracruz

  14. Administrar el Museo Tecnológico del Instituto Tecnológico de Veracruz

  15. Administrar las oficinas y los bienes de la Fundación

El Tesorero del Consejo Directivo

Art. 50°. El Tesorero del Consejo Directivo tiene como funciones:

  1. Ejercer la representación legal de la Fundación mancomunadamente con el Presidente, en asuntos que afecten el patrimonio de la Fundación.

  2. Establecer controles para el manejo de los fondos de la Fundación

  3. Cobrar las cuotas de los Miembros

  4. Mantener actualizada la contabilidad de la Fundación que será llevada por un despacho contable

  5. Reportar mensualmente al Presidente las cuentas de la Fundación

  6. Presentar a al Consejo de Honor y Vigilancia y a la Asamblea General Anual Ordinaria un reporte financiero para su aprobación.

Art. 51°. La contabilidad será llevada por un despacho contable que será determinado por el Consejo Directivo.

La Vicepresidencia de Enlace Institucional

Art. 52°. La Vicepresidencia de Enlace Institucional tendrá como objetivo general el de coordinar las actividades de la Fundación con el Instituto Tecnológico de Veracruz.

Art. 53°. La Vicepresidencia de Enlace Institucional estará integrada por un Vicepresidente y por un Secretario.

Art. 54°. El Vicepresidente podrá integrar a la Vicepresidencia los miembros que juzgue conveniente para llevar a cabo las funciones encomendadas

Art. 55°. La Vicepresidencia de Enlace Institucional tiene como funciones:

  1. Proponer al Consejo Directivo prioridades de apoyo a las actividades del Instituto Tecnológico de Veracruz según el objetivo social de la Fundación

  2. Coordinarse con la Vicepresidencia de Afiliación para el seguimiento de egresados

  3. Supervisar la aplicación de becas y todo tipo de apoyo que la Fundación asigne a Estudiantes del Instituto Tecnológico de Veracruz

  4. Supervisar la aplicación de los donativos que la Fundación asigne al Instituto Tecnológico de Veracruz

  5. Apoyar la logística de las actividades que la Fundación realice en beneficio del Instituto Tecnológico de Veracruz

  6. Evaluar el impacto social y el beneficio en general de las acciones de la Fundación a favor del Instituto Tecnológico de Veracruz

  7. Rendir un informe trimestral de actividades al Consejo Directivo

La Vicepresidencia de Vinculación

Art. 56°. La Vicepresidencia de Vinculación tendrá como objetivo general el de promover la vinculación de la Fundación con los sectores productivos social, gubernamental y privado.

Art. 57°. La Vicepresidencia de Vinculación estará integrada por un Vicepresidente y por un Secretario.

Art. 58°. El Vicepresidente podrá integrar a la Vicepresidencia los miembros que juzgue conveniente para llevar a cabo las funciones encomendadas

Art. 59°. La Vicepresidencia de Vinculación tiene como funciones:

  1. Apoyar a las Delegaciones en la realización de las actividades de capacitación y adiestramiento de personal, producción de bienes y servicios y bolsa de trabajo que repercutan en beneficio de los miembros de la Fundación.

  2. Promover y difundir entre los sectores productivos social, gubernamental y privado las innovaciones tecnológicas que se desarrollen en el Instituto Tecnológico de Veracruz.

  3. Apoyar el establecimiento de convenios de cooperación entre la Fundación y el sector productivo que beneficien a los estudiantes del Instituto Tecnológico de Veracruz

La Vicepresidencia de Prensa y Relaciones Públicas

Art. 60°. La Vicepresidencia de Prensa y Relaciones Publicas tendrá como objetivo general el de promover las relaciones de la Fundación con organismos nacionales y extranjeros.

Art. 61°. La Vicepresidencia de Prensa y Relaciones Publicas estará integrada por un Vicepresidente y por un Secretario.

Art. 62°. El Vicepresidente podrá integrar a la Vicepresidencia los miembros que juzgue conveniente para llevar a cabo las funciones encomendadas.

Art. 63°. La Vicepresidencia de Prensa y Relaciones Publicas tiene como funciones:

  1. Difundir las actividades de la Fundación en los ámbitos nacionales y extranjeros
  2. Mantener actualizado el sitio WEB de la Fundación www.fitver.org.mx
  3. Proponer al Consejo Directivo la asignación de recursos para la realización de sus actividades
  4. Rendir un informe trimestral de actividades al Consejo Directivo
  5. Coordinarse con las Delegaciones

La Vicepresidencia de Membresía

Art. 64°. La Vicepresidencia de Membresía tendrá como objetivo general el de promover la afiliación de nuevos miembros de la Fundación.

Art. 65°. La Vicepresidencia de Membresía estará integrada por un Vicepresidente y por un Secretario.

Art. 66°. El Vicepresidente podrá integrar la Vicepresidencia los miembros que juzgue conveniente para llevar a cabo las funciones encomendadas.

Art. 67°. La Vicepresidencia de Membresía tiene como funciones:

  1. Recibir las solicitudes de Membresías
  2. Mantener un libro de registro de Miembros por cada categoría
  3. Difundir las actividades de la Fundación ante los egresados para promover su membresía
  4. Mantener el padrón de miembros de la Fundación
  5. Proponer al Consejo Directivo la asignación de recursos para la realización de sus actividades
  6. Rendir un informe trimestral de actividades al Consejo Directivo
  7. Coordinarse con las Delegaciones

La Vicepresidencia de Becas

Art. 68°. La Vicepresidencia de Becas tendrá como objetivo general el de promover la asignación de becas a los estudiantes del Instituto Tecnológico de Veracruz.

Art. 69°. La Vicepresidencia de Becas estará integrada por un Vicepresidente y por un Secretario.

Art. 70°. El Vicepresidente podrá integrar al Comité los miembros que juzgue conveniente para llevar a cabo las funciones encomendadas

Art. 71°. La Vicepresidencia de Becas tiene como funciones:

  1. Promover la consecución de becas ante organismos nacionales e internacionales
  2. Mantener la Bolsa de Becas
  3. Operar con el Consejo Directivo la asignación de becas
  4. Proponer al Consejo Directivo la asignación de recursos para la realización de sus actividades
  5. Llevar seguimiento de los becarios de la Fundación
  6. Rendir un informe trimestral de actividades al Consejo Directivo
  7. Coordinarse con las Delegaciones

La Vicepresidencia de Investigación Tecnológica

Art. 72°. La Vicepresidencia de Investigación Tecnológica tendrá como objetivo el de promover la investigación dentro del Instituto Tecnológico de Veracruz.

Art. 73°. La Vicepresidencia de Investigación Tecnológica estará integrada por un Vicepresidente y por un Secretario.

Art. 74°. El Vicepresidente podrá integrar al Comité los miembros que juzgue conveniente para llevar a cabo las funciones encomendadas.

Art. 75°. La Vicepresidencia de Investigación Tecnológica tiene como funciones:

  1. Promover la consecución de recursos ante organismos nacionales e internacionales para apoyar la investigación en el Instituto Tecnológico de Veracruz
  2. Promover Congresos, Simposios y todo tipo de eventos que estimulen la investigación básica y aplicada en el Instituto Tecnológico de Veracruz
  3. Promover y apoyar la publicación de artículos científicos emanados del Instituto Tecnológico de Veracruz
  4. Auxiliarse de investigadores para la evaluación de los proyectos de investigación que sean propuestos
  5. Proponer al Consejo Directivo la asignación de recursos para investigación
  6. Rendir un informe trimestral de actividades al Consejo Directivo
  7. Coordinarse con las Delegaciones

La Vicepresidencia de Bolsa de Trabajo

Art. 76°. La Vicepresidencia de Bolsa de Trabajo tendrá como objetivo general el de promover la integración de los Miembros de la Fundación al mercado de trabajo.

Art. 77°. La Vicepresidencia de Bolsa de Trabajo estará integrada por un Vicepresidente y por un Secretario.

Art. 78°. El Vicepresidente podrá integrar al Comité los miembros que juzgue conveniente para llevar a cabo las funciones encomendadas

Art. 79°. La Vicepresidencia de Bolsa de Trabajo tiene como funciones:

  1. Promover convenios con empresas en todo lo referente a la bolsa de trabajo

  2. Operar la Bolsa de trabajo

  3. Proponer al Consejo Directivo la asignación de recursos para la realización de sus actividades

  4. Rendir un informe trimestral de actividades al Consejo Directivo

  5. Coordinarse con las Delegaciones

La Vicepresidencia de Eventos

Art. 80°. La Vicepresidencia de Eventos tendrá como objetivo general el de coordinar la organización de eventos especiales de la Fundación.

Art. 81°. La Vicepresidencia de Eventos estará integrada por un Vicepresidente y por un Secretario.

Art. 82°. El Vicepresidente podrá integrar a la Vicepresidencia los miembros que juzgue conveniente para llevar a cabo las funciones encomendadas

Art. 83°. La Vicepresidencia de Eventos tiene como funciones:

  1. Apoyar a las Delegaciones en la realización de eventos de interés de la Fundacion particularmente los eventos empresariales, culturales, deportivos y sociales que repercutan en beneficio de los miembros de la Fundación.

  2. Promover anualmente un encuentro de egresados del Instituto Tecnologico de Veracruz
  3. Proponer al Consejo Directivo la asignación de recursos para la realización de sus actividades

La Vicepresidencia de Desarrollo Institucional

Art. 84°. La Vicepresidencia de Desarrollo Institucional tendrá como objetivo general el de promover el desarrollo de la estructura organizacional de la Fundación.

Art. 85°. La Vicepresidencia de Desarrollo Institucional estará integrada por un Vicepresidente y por un Secretario.

Art. 86°. El Vicepresidente podrá integrar la Vicepresidencia los miembros que juzgue conveniente para llevar a cabo las funciones encomendadas.

Art. 87°. La Vicepresidencia de Desarrollo Institucional tiene como funciones:

  1. Pomover la creación de nuevas Delegaciones
  2. Mantener el padrón de Delegaciones de la Fundación
  3. Proponer al Consejo Directivo la asignación de recursos para la realización de sus actividades
  4. Rendir un informe trimestral de actividades al Consejo Directivo
  5. Coordinarse con las Delegaciones

La Vicepresidencia de Promoción Empresarial

Art. 88°. La Vicepresidencia de Promoción Empresarial tendrá como objetivo general el de promover la creación de empresas por parte de los estudiantes y egresados del Instituto Tecnológico de Veracruz.

Art. 89°. La Vicepresidencia de Promoción Empresarial estará integrada por un Vicepresidente y por un Secretario.

Art. 90°. El Vicepresidente podrá integrar al Comité los miembros que juzgue conveniente para llevar a cabo las funciones encomendadas

Art. 91°. La Vicepresidencia de Promoción Empresarial tiene como funciones:

  1. Promover la creación de pequeñas empresas entre los estudiantes y egresados del Instituto Tecnológico de Veracruz

  2. Mantener un centro de información para orientar a los estudiantes y egresados sobre la creación de empresas

  3. Evaluar los proyectos de creación de empresas que presenten los miembros

  4. Proponer al Consejo Directivo su apoyo y participación en empresas de nueva creación

  5. Supervisar el funcionamiento de las empresas apoyadas por la Fundación

  6. Rendir un informe trimestral de actividades al Consejo Directivo

  7. Coordinarse con las Delegaciones

La Vicepresidencia de Sector Empresarial

Art. 92°. La Vicepresidencia de Sector Empresarial tendrá como objetivo general el de promover la participación de empresarios en los proyectos de la Fundación.

Art. 93°. La Vicepresidencia de Sector Empresarial estará integrada por un Vicepresidente y por un Secretario.

Art. 94°. El Vicepresidente podrá integrar al Comité los miembros que juzgue conveniente para llevar a cabo las funciones encomendadas

Art. 95°. La Vicepresidencia de Sector Empresarial tiene como funciones:

  1. Promover la participación de empresarios y muy particularmente de egresados empresarios en los proyectos de la Fundación.

  2. Rendir un informe trimestral de actividades al Consejo Directivo

  3. Coordinarse con las Delegaciones

La Vicepresidencia de Cultura

Art. 96°. La Vicepresidencia de Cultura tendrá como objetivo general el de promover la cultura entre los estudiantes y egresados del Instituto Tecnológico de Veracruz.

Art. 97°. La Vicepresidencia de Cultura estará integrada por un Vicepresidente y por un Secretario.

Art. 98°. El Vicepresidente podrá integrar a la Vicepresidencia los miembros que juzgue conveniente para llevar a cabo las funciones encomendadas

Art. 99°. La Vicepresidencia de Cultura tiene como funciones:

  1. Promover la cultura entre los estudiantes y egresados el Instituto Tecnológico de Veracruz

  2. Promover eventos culturales con los estudiantes y egresados el Instituto Tecnológico de Veracruz

  3. Organizar clubes y asociaciones culturales entre los estudiantes y egresados el Instituto Tecnológico de Veracruz

  4. Promover la Casa de la Cultura del Instituto Tecnológico de Veracruz donde se preserve el patrimonio histórico y cultural del Instituto Tecnológico de Veracruz

  5. Promover la creación de un Museo Tecnológico del Instituto Tecnológico de Veracruz

  6. Proponer al Consejo Directivo su apoyo y participación a eventos culturales y deportivos

  7. Rendir un informe trimestral de actividades al Consejo Directivo

  8. Coordinarse con las Delegaciones

La Vicepresidencia de Deporte

Art. 100°. La Vicepresidencia de Deporte tendrá como objetivo general el de promover el deporte entre los estudiantes y egresados del Instituto Tecnológico de Veracruz.

Art. 101°. La Vicepresidencia de Deporte estará integrada por un Vicepresidente y por un Secretario.

Art. 102°. El Vicepresidente podrá integrar a la Vicepresidencia los miembros que juzgue conveniente para llevar a cabo las funciones encomendadas

Art. 103°. La Vicepresidencia de Deporte tiene como funciones:

  1. Promover el deporte entre los estudiantes y egresados el Instituto Tecnológico de Veracruz

  2. Promover eventos deportivos entre los estudiantes y egresados el Instituto Tecnológico de Veracruz

  3. Organizar clubes y asociaciones deportivas entre los estudiantes y egresados el Instituto Tecnológico de Veracruz

  4. Participar en las actividades de la Casa de la Cultura del Instituto Tecnológico de Veracruz

  5. Promover la construcción de instalaciones deportivas que estimulen la participación en el deporte de los estudiantes y egresados del Instituto Tecnológico de Veracruz

  6. Proponer al Consejo Directivo su apoyo y participación en eventos deportivos

  7. Rendir un informe trimestral de actividades al Consejo Directivo

  8. Coordinarse con las Delegaciones

La Vicepresidencia de Sorteos

Art. 104°. La Vicepresidencia de Sorteos tendrá como objetivo general el de promover sorteos para generar recursos económicos para apoyar las actividades de la Fundación.

Art. 105°. La Vicepresidencia de Sorteos estará integrada por un Vicepresidente y por un Secretario.

Art. 106°. El Vicepresidente podrá integrar a la Vicepresidencia los miembros que juzgue conveniente para llevar a cabo las funciones encomendadas

Art. 107°. La Vicepresidencia de Sorteos tiene como funciones:

  1. Proponer al Consejo Directivo la realización de sorteos

  2. Realizar el sorteo anual FITVER y de manera general, promover todo tipo de sorteos para recabar fondos que apoyen la realización de actividades enmarcadas en la misión de la Fundación.

  3. Rendir un informe trimestral de actividades al Consejo Directivo

  4. Coordinarse con las Delegaciones

La Vicepresidencia de Desarrollo de Proyectos y Asesoría

Art. 108°. La Vicepresidencia de Desarrollo de Proyectos y Asesoría tendrá como objetivo general el de promover la participación de la Fundación en la licitación, consecución y seguimiento de contratos de desarrollo de proyectos de ingeniería y de asesoría en el campo de la ingeniería.

Art. 109°. La Vicepresidencia de Desarrollo de Proyectos y Asesoría estará integrada por un Vicepresidente y por un Secretario.

Art. 110°. El Vicepresidente podrá integrar a la Vicepresidencia los miembros que juzgue conveniente para llevar a cabo las funciones encomendadas

Art. 111°. La Vicepresidencia de Desarrollo de Proyectos y Asesoría tiene como funciones:

  1. Proponer al Consejo Directivo la participación de la Fundación en proyectos de ingeniería

  2. Rendir un informe trimestral de actividades al Consejo Directivo

  3. Coordinarse con las Delegaciones

La Vicepresidencia de Innovación y Calidad

Art. 112°. La Vicepresidencia de Innovación y Calidad tendrá como objetivo general el de promover la participación de la Fundación en la generación de una cultura de calidad en el ámbito de sus actividades propias asi como a través de los proyectos de capacitación, asesoría y consultoría especifica que sean contratados por la Fundación.

Art. 113°. La Vicepresidencia de Innovación y Calidad estará integrada por un Vicepresidente y por un Secretario.

Art. 114°. El Vicepresidente podrá integrar a la Vicepresidencia los miembros que juzgue conveniente para llevar a cabo las funciones encomendadas

Art. 115°. La Vicepresidencia de Innovación y Calidad tiene como funciones:

  1. Promover al interior de la Fundación los principios de calidad para integrarlos a sus actividades con una actitud innovadora

  2. Participar en proyectos de capacitación, asesoría y consultoría en modelos y sistemas de calidad tanto en el sector público como en el privado

  3. Proponer al Consejo Directivo la participación de la Fundación en asociaciones nacionales e internacionales en el ámbito de la innovación y la calidad
  4. Promover la formación de cuadros expertos de evaluadores y auditores para modelos y sistemas de calidad
  5. Rendir un informe trimestral de actividades al Consejo Directivo

  6. Coordinarse con las Delegaciones

La Vicepresidencia de Desarrollo Profesional

Art. 116°. La Vicepresidencia de Desarrollo Profesional tendrá como objetivo general el de promover el desarrollo profesional de los egresados del Instituto Tecnológico de Veracruz.

Art. 117°. La Vicepresidencia de Desarrollo Profesional estará integrada por un Vicepresidente y por un Secretario.

Art. 118°. El Vicepresidente podrá integrar a la Vicepresidencia los miembros que juzgue conveniente para llevar a cabo las funciones encomendadas

Art. 119°. La Vicepresidencia de Desarrollo Profesional tiene como funciones:

  1. Promover el desarrollo profesional entre los estudiantes y egresados el Instituto Tecnológico de Veracruz

  2. Proponer al Consejo Directivo la realización de conferencias, congresos, simposia, seminarios que promuevan el desarrollo profesional de los egresados del Instituto Tecnológico de Veracruz.

  3. Promover la titulación de los egresados del Instituto Tecnológico de Veracruz
  4. Desarrollar y difundir el conocimiento tecnológico
  5. Establecer convenios con organismos nacionales y extranjeros para el desarrollo del conocimiento tecnológico
  6. Realizar eventos que fortalezcan la formación continua de los gresados del Instituto Tecnológico de Veracruz
  7. Rendir un informe trimestral de actividades al Consejo Directivo

  8. Coordinarse con las Delegaciones

Los Secretarios de las Vicepresidencias

Art. 120°. Son funciones de los Secretarios de las Vicepresidencias:

  1. Representar al Vicepresidente en su ausencia.

  2. Auxiliar al Vicepresidente en sus actividades

  3. Coordinar con el acuerdo del Vicepresidente todos los trabajos y actividades que desarrolle la Vicepresidencia.

El Consejo Consultivo

Art. 121°. El Consejo Consultivo es un órgano de consulta de la Fundación.

Art. 122°. El Consejo Consultivo está integrado por los ex directores del Instituto Tecnológico de Veracruz.

Art. 123°. El Consejo Consultivo tiene como objetivo :

  1. Apoyar las acciones de la Fundación

  2. Prestar asesoría al Consejo Directivo en las decisiones que inciden en el Instituto Tecnológico de Veracruz

El Consejo de Honor y Vigilancia

Art. 124°. El Consejo de Honor y Vigilancia es el órgano que vigila y regula el funcionamiento de la Fundación.

Art. 125°. El Consejo de Honor y Vigilancia esta integrado por 7 Miembros de Número de la Fundación.

Art. 126°. El Consejo de Honor y Vigilancia estará presidido por un Presidente, un Secretario y 5 Vocales.

Art. 127°. El Consejo de Honor y Vigilancia tiene como objetivo

  1. Vigilar el buen funcionamiento de la Fundación de acuerdo a los Estatutos

  2. Revisar las cuentas anuales que presente el Tesorero del Consejo Directivo antes de su presentación a la Asamblea General para su aprobación definitiva

  3. Otorgar la medalla al Merito “Instituto Tecnológico de Veracruz” a los ciudadanos nacionales o extranjeros que por sus méritos lo merezcan

  4. Someter a juicio de expulsi